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POLíTICA
Aprobadas las bases específicas para las subvenciones destinadas a fomentar la rehabilitación, conservación y mantenimiento de bienes de interés cultural
La concejala de Urbanismo, Patrimonio Histórico y Cultural, Susana Madera, explicó las bases específicas reguladoras de subvenciones destinadas a fomentar la rehabilitación, conservación y mantenimiento de bienes incluidos en el inventario de patrimonio cultural del concejo de Siero. Las bases de la convocatoria, que se aprobaron esta mañana en comisión informativa, deben ser ratificadas en Junta de Gobierno, después se mandarán al BOPA para su publicación.
Tal y como explicó la edil de Urbanismo “esta subvención cuenta con una partida de 80.000 euros, el máximo de la subvención no puede superar el 50% de la actuación. El plazo para presentar las solicitudes será de 15 días a partir de su publicación en el BOPA”.
Los interesados en concurrir a esta línea de ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:
- a) Contar con licencia municipal y cualesquiera otras autorizaciones sectoriales que en su caso fuesen necesarias para poder iniciar las obras contenidas en el Proyecto objeto de subvención.
- b) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.
- c) Justificar ante el Ayuntamiento de Siero el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la obra y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
- d) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por los órganos municipales, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, facilitando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores para verificar la adecuación de las actividades a los criterios generales y/o específicos de valoración previstos y las de control financiero que correspondan.
- d) Comunicar al Ayuntamiento de Siero la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
- e) Acreditar, en aquellos casos en los que resulte exigible, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma que se determine reglamentariamente, y sin perjuicio de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- f) Carecer de deuda pendiente con la Hacienda Municipal. Cuando el beneficiario sea deudor con motivo de una deuda vencida, liquida o exigible, el Ayuntamiento podrá acordar la compensación.
- g) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control por los órganos competentes.
- h) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
- i) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención en la forma establecida en la presente línea de subvenciones.
- j) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su normativa de desarrollo.
Las solicitudes podrán presentarte a través de la sede electrónica en www.ayto-siero.es,presencialmente en soporte papel, en las Oficinas de Atención al Ciudadano y Registros del Ayuntamiento, en los registros de cualquier órgano administrativo o por correo postal.
La partida para la las subvenciones destinadas a fomentar la rehabilitación, conservación y mantenimiento de bienes de interés cultural, cuenta con un presupuesto de 80.000 euros y se encuentran recogidas en la modificación de crédito para la utilización del remanente líquido de tesorería de 2022.
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